
Orve/Sir:
Envío de documentación a otras Administraciones
El Ministerio de Administraciones Públicas pone a disposición de los ciudadanos un servicio denominado ORVE SIR, de interconexión de Registros entre las entidades locales de la Comunidad de Madrid y la Administración General del Estado.
ORVE permite digitalizar la documentación de entrada de las oficinas de registro, así como dar de alta e intercambiar asientos registrales con la Administración General del Estado y con el resto de administraciones integradas.
Este sistema es un avance en relación con el servicio de Ventanilla Única, que este Ayuntamiento venía realizando desde el año 2001, pero con una ventaja fundamental, a través del ORVE se pueden realizar registros en otras Entidades Locales.
El sistema ORVE evita a los vecinos del municipio el desplazamiento a oficinas de registro de la Comunidad, del Estado y poco a poco, según se van adhiriendo al sistema a otras muchas entidades. Así cuando cualquier vecino necesite enviar documentación a un organismo autorizado por el sistema ORVE, deberá personarse en el Servicio de Atención al Vecino–SAV- de este Ayuntamiento (Plaza de la Constitución, 1), con la documentación a enviar. El envío especificará si la documentación presentada por el ciudadano es copia u original, discriminándose este hecho por parte del funcionario encargado de registro. Desde el SAV del Ayuntamiento, se enviará la documentación por el sistema ORVE, digitalmente, a la dirección especificada por el ciudadano, siempre y cuando el organismo elegido se encuentre entre los autorizados por ORVE SIR. En caso de que el organismo elegido no se encuentre de alta en ORVE se enviará al inmediatamente superior.
Una vez realizado el envío digital se entregará un justificante de envío al ciudadano devolviéndosela la documentación física en el momento. Todo el trámite se realiza digitalmente no precisando el envío de documentación física, salvo las excepciones que el propio ciudadano o el organismo al que se envíe establezcan.
Como realizar el trámite:
- En cualquiera de los lugares descritos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Mediante el impreso normalizado adjunto, que se presentará en el Servicio de Atención al Vecino del Ayuntamiento de Moralzarzal, previa petición de cita, adjuntando fotocopia del DNI, NIE o pasaporte u otro documento válido de identificación:
- A través de la Sede Electrónica, mediante el Registro Electrónico, con firma electrónica reconocida, dni electrónico o Pin24horas: