Licencias de armas de aire comprimido

Normativa reguladora

Para poder portar o usar armas de las accionadas por aire u otro gas comprimido, de la categoría 4ª, es necesario obtener la oportuna tarjeta de armas en los términos contemplados en el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas, de tal forma que:

Las tarjetas de armas serán concedidas por los alcaldes de los municipios de residencia de los/as solicitantes.

La autoridad municipal podrá limitar o reducir, tanto el número de armas que puede poseer cada interesado/a como el tiempo de validez de las tarjetas, teniendo en cuenta las circunstancias locales y personales que concurran.

La validez de la tarjeta en cuanto al uso del arma, queda limitada al término municipal.

Tipos de tarjetas de 4ª categoría:

Tipo A, armas de categoría 4ª.1. Carabinas y pistolas, de tiro semiautomático y de repetición, y revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.

Validez: cinco años.

Número máximo de armas: se podrán documentar hasta 6 armas.

Tipo B, armas de categoría 4ª.2. Carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, y revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.

Validez: permanente.

Número máximo de armas: se podrán documentar un número ilimitado de armas.

Requisitos:

Las personas que soliciten el permiso deben tener mas de 14 años y constar empadronados en el municipio de Moralzarzal.

Documentación:

Para la obtención del permiso o tarjeta de uso de armas de aire comprimido de categoría 4ª, el/la interesado/a deberá presentar instancia de solicitud y la siguiente documentación en el Servicio de Atención al Vecino del Ayuntamiento:

PARA TODAS LAS EXPEDICIONES DE LA TARJETA DE ARMAS:

1.- Documento de identidad.

2.- Certificado de aptitudes psicofísicas.

3.- Certificado de antecedentes penales.

4.- Factura que acredite la propiedad y características del arma/s (marca, modelo, calibre, nº serie, tipo).

5.- En el caso de que el arma sea de segunda mano: Original contrato compraventa. Original y/o fotocopias de los documentos de identidad del comprador y el vendedor. Tarjeta original, expedida por el Ayuntamiento, donde el arma se encontrase registrada.

6.- Categoría 4.1: Impreso tríptico de tarjeta de armas modelo AV-5 (amarillo), que le será facilitado por el establecimiento vendedor. Se deberá presentar el tríptico completo (las tres copias de la citada tarjeta).

7.- Categoría 4.2: Impreso de tarjeta de armas modelo F-5 (blanco), que le será facilitado por el establecimiento vendedor.

En el caso de 1ª EXPEDICIÓN DE LA TARJETA PARA MENORES, además será necesario:

1.- Documento de Representación-Autorización de persona-personas que ostenten la Patria Potestad-Tutela del Menor.

2.- Documento de Identidad de la persona o personas que ostenten la Patria Potestad o Tutela del Menor.

3.- Certificado de Antecedentes Penales de quien o quienes ostenten la Patria Potestad o Tutela del Menor.

Cómo realizar el trámite:

  • En cualquiera de los lugares descritos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Mediante el impreso normalizado adjunto, que se presentará en el Servicio de Atención al Vecino -Oficina de asistencia en materia de registro- del Ayuntamiento de Moralzarzal, previa petición de cita, adjuntando la documentación requerida:

I040 Descarga formulario I062.pdf

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