Ayudas comedor, casa de niños y centros escolares públicos

Objeto

Concesión de ayudas de comedor de forma directa, con el objetivo de garantizar la igualdad de oportunidades compensando las desigualdades económicas.

Beneficiarios.

Unidades familiares de convivencia empadronadas en el municipio y alumnos con plaza de servicio de comedor en centros escolares públicos del municipio que cumplan los requisitos establecidos en las Bases Generales reguladoras de esta convocatoria.

Las becas podrán solicitarse para cada uno de los menores de la unidad familiar que cumpla los requisitos de la convocatoria.

El importe de las becas no podrá superar el 100% del importe del gasto.

Financiación.

Fondo dotado con 15.000€ dividido en dos lotes:

  • Lote 1 de 12.000€ para el segundo ciclo de infantil o educación primaria en algún centro de titularidad pública de Moralzarzal, con plaza en servicio de comedor del centro.
  • Lote 2 lote de 3.000€ para el primer ciclo de infantil en la Casa de Niños de Moralzarzal, con plaza en servicio de comedor del centro.

Importes de las becas y distribución del fondo.

El importe de las Becas y su distribución se hará a dos tipos de colectivos, con las siguientes modalidades:

  1. Alumnos de la Casa de Niños:
    • Tipo 1: Beca de 200 euros para sufragar las comidas de los menores que sean beneficiarios de los precios reducidos de comedor escolar de la Comunidad de Madrid.
    • Tipo 2: Beca de 300 euros para sufragar las comidas de los menores que no sean beneficiarios de los precios reducidos de comedor escolar de la Comunidad de Madrid.
  1. Resto de etapas educativas cubiertas en las bases:
    • Tipo 1: Becas de 180 euros para sufragar las comidas de los menores que sean beneficiarios de los precios reducidos de comedor escolar de la Comunidad de Madrid.
    • Tipo 2: Becas de 300 euros para sufragar las comidas de para los menores que no sean beneficiarios de los precios reducidos de comedor escolar de la Comunidad de Madrid.

 Documentación a presentar en la solicitud.

  • Modelo normalizado de solicitud debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante. Junto con la solicitud, deberá presentarse:
  1. Documentación acreditativa de la situación familiar:
    • DNI o documento acreditativo de identidad del solicitante.
    • Libro de Familia o certificado de nacimiento, o documentación que lo sustituya.
    • En su caso, fotocopia de la sentencia divorcio (o fotocopia de la sentencia de guarda, custodia y alimentos en el caso de uniones de hecho con hijos reconocidos) y convenio regulador donde conste la custodia del menor y la pensión compensatoria y/o de alimentos establecida. En situaciones de impago, copia de la solicitud de ejecución de sentencia presentada ante juzgado o justificante del inicio de las actuaciones.
    • Resguardo solicitud de precio reducido de comedor escolar de Comunidad de Madrid.
    • En el caso de menores en situación de acogimiento por resolución administrativa o judicial, copia de la resolución o certificado del organismo competente y, en su caso, de la remuneración que se perciba.
    • En su caso, fotocopia del certificado de discapacidad de los miembros computables o resolución de dependencia.
    • En su caso, acreditación de condición de refugiado, víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.
    • En su caso, acreditación de la cuantía recibida para el mismo concepto de otras entidades públicas o privadas.

2. Documentación acreditativa de la situación económica:

    • Información de renta de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (Renta ejercicio anterior o, en el caso de no estar obligado a presentar declaración, certificación de imputaciones del ejercicio anterior).
    • En el caso de que no consten ingresos en la documentación emitida por la Agencia Tributaria, se deberá adjuntar declaración jurada (Anexo II) sobre ingresos económicos obtenidos.

En caso de duda, se podrá solicitar cualquier otra documentación que considere el órgano evaluador. La no aportación de la documentación complementaria requerida en los plazos que a tal efecto se concedan supondrá la exclusión de la convocatoria.

Toda la documentación presentada deberá estar en vigor en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Cualquier ocultación o falsedad en la información facilitada para la solicitud de la beca dará lugar a la exclusión de la solicitud o, en su caso, a la reclamación de la devolución del importe de la beca. Estas sanciones serán determinadas con arreglo en lo previsto en la Ley General de Subvenciones.

 Plazo y forma de  presentación de solicitudes.

1) Las solicitudes deberán presentarse, debidamente cumplimentadas y con la documentación requerida PREFERENTEMENTE, en el registro electrónico del Ayuntamiento de Moralzarzal si se dispone de firma electrónica reconocida o si previamente los solicitantes se dan de alta en el servicio PIN 24 horas. En el caso de que técnicamente sea imposible la presentación telemática, la solicitud podrá realizarse, previa petición de cita en la Oficina de asistencia en materia de registro (Plaza de la Constitución nº 1, planta Baja), o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2) El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles, del 3 de noviembre al 16 de diciembre de 2022, de acuerdo a lo indicado en la publicación del extracto de la convocatoria en el nº 261 del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de fecha 2 de noviembre.

3) La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido y la no utilización de los formularios normalizados de uso obligatorio, serán causas de inadmisión.