Certificado de empadronamiento

Es el documento que acredita la residencia y el domicilio habitual de un determinado vecino en el Padrón Municipal de Habitantes a una fecha determinada.

Y normalmente se requiere para los siguientes trámites:

– Organismos extranjeros.
– Organismos judiciales (juzgados y tribunales).
– Organismos militares.
– Registro Civil (matrimonios, nacionalidad, cambios de nombre y/o apellidos, adopciones…).
– Declaraciones de herederos.
– Registros de parejas de hecho.
– Otros Registros oficiales, Centros Penitenciarios, Dirección de Aduanas…
– Residencia de arraigo.
– Acreditaciones notariales.

Tipos de certificados:

Certificado individual. Certifica exclusivamente la inscripción padronal activa, el domicilio actual y los datos obligatorios de un único ciudadano.

Certificado de convivencia. Certifica el número y la identidad de todas las personas que figuran de alta en una misma referencia catastral o vivienda en la fecha de la expedición. La normativa exige la autorización expresa de todos los mayores de edad que residen en el inmueble para poder emitirlo al solicitante.

Certificado histórico (individual o convivencia). Certifica la fecha exacta de alta inicial, las modificaciones de domicilio internas dentro del mismo municipio y las fechas de baja.

Solicitud:

Tramitación sin acreditación de identidad por medios físicos o electrónicos:

Las solicitudes realizadas por vía telefónica o postal estarán sujetas a comprobaciones adicionales de identidad. Tras su validación, el documento se remitirá por correo postal al domicilio que conste en el Padrón Municipal de Habitantes. Asimismo, se habilitará la opción de recogida presencial en las dependencias municipales, previa acreditación de la identidad del interesado si así se requiere.

Tramitación con acreditación de identidad por medios físicos o electrónicos:

El interesado podrá gestionar su solicitud de forma presencial en el Servicio de Atención al Vecino (en su horario general de atención) aportando su Documento de Identidad,

o

de forma online a través de la Sede Electrónica  (mediante certificado digital o PIN 24h)

Respecto a la disponibilidad de los documentos:

Certificados individuales: Se obtendrán en el acto a través de ambos canales (presencial y electrónico).

Certificados colectivos e históricos: Se emitirán en el acto por la vía presencial (siempre que la información municipal esté debidamente informatizada). En la Sede Electrónica no se generan de forma automática, por lo que el interesado deberá registrar una solicitud formal para su posterior expedición.

Tasa:

Los certificados de empadronamiento están exentos de abono de tasa.

Formulario para solicitar por sede electrónica certificado de empadronamiento: