
Extranjeros no comunitarios
Los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente han de proceder a renovar su inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes cada DOS AÑOS, declarandose la caducidad de dichas inscripciones en caso de no llevarse a cabo tal renovación. (Resolución de 28 de abril de 2005 de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadistica y del Director General de Cooperación Local)
El trámite consiste en una declaración por escrito de carácter personal manifestando la voluntad de permanencia en el padrón, que podrá realizar el interesado, o a través de representante debidamente acreditado.
La confirmación supondrá la ratificación de los datos que ya constan en el Padrón y su voluntad de confirmar su inscripción en Moralzarzal.
Con una antelación de tres meses a la fecha límite de confirmación, el Ayuntamiento remite un preaviso a las personas que están obligadas a confirmar su inscripción de empadronamiento.
Una vez transcurridos tres meses desde el envío del preaviso, a los ciudadanos que no hayan efectuado la confirmación se les tramitará un expediente de baja por inclusión indebida en el Padrón.
A estos habitantes se les remitirá una notificación con acuse de recibo en la que se les dará cuenta del procedimiento de baja, concediéndoles un plazo de quince días para regularizar su situación padronal, advirtiéndoles de que en caso contrario, se continuará el procedimiento de baja hasta su resolución.
Una vez finalizado el procedimiento de baja definitiva, se perderá la antigüedad en el padrón a partir de la fecha de la misma. En este caso, sólo cabe proceder a una nueva inscripción siendo necesaria de nuevo la aportación de todos los documentos exigidos para el empadronamiento.
La tramitación de un cambio de domicilio o de una modificación de datos personales supondrá la confirmación de la inscripción padronal.
Formulario
Aquellas personas que siendo extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente en España deseen realizar la renovación de su inscripción padronal, podrán hacerlo:
- Mediante el impreso normalizado, que se presentará, una vez cumplimentado, en el Servicio de Atención al Vecino -Oficina de asistencia en materia de registro- del Ayuntamiento de Moralzarzal, adjuntando DNI, NIE o pasaporte u otro documento válido de identificación: